Q ué es la Compensación Económica?
La Compensación Económica es una de las trascendentales figuras que creó la nueva Ley de Matrimonio Civil de comienzos del siglo XXI (año 2004).
En efecto, a entender de muchos juristas especializados, la Compensación Económica viene siendo un principio de reconocimiento del trabajo doméstico, que generalmente ejecuta la mujer en el hogar.
La nueva Ley de Matrimonio Civil dispone que, aquel de los cónyuges que por haberse dedicado a las labores del hogar y al cuidado de los hijos, no pudo realizar un trabajo remunerado fuera del hogar, tendrá derecho a que su cónyuge le compense el menoscabo económico que como consecuencia de lo anterior hubiera sufrido. Ello sin perjuicio del régimen patrimonial existente.
El fundamento jurídico de la Compensación Económica, es precisamente uno de los más importantes principios fundamentales del Derecho, que es el rechazo al enriquecimiento sin causa.
Esta particular innovación en el matrimonio, viene a enmendar una injusticia generalmente soportada por la mujer, en cuanto antes de la creación de la compensación económica, era normalmente en cónyuge (especialmente bajo el régimen de separación total de bienes) el que adquiría bienes para sí, mientras que la mujer dedicada exclusivamente al hogar, al término del matrimonio quedaba sin nada.
El profesional
Pablo Omar Venegas Ortiz, abogado, magister en Derecho, ex profesor de Derecho de Familia, ha venido desde el año 2005 tramitando exitosamente cientos de divorcios con compensación económica, preferentemente en beneficio de la mujer, pero también de los cónyuges en los casos en que la exigencia para éste, signifique montos excesivos que las cónyuges han requerido en su contra.
Todo esto radica en el hecho que, el divorcio termina con los derechos entre los cónyuges; se extingue el derecho de alimentos, dejan de ser coherederos entre sí, de manera que hay una tendencia a que la mujer que no ostenta profesión u oficio que la pueda amparar, se ve muy complicada para enfrentar por sí sola sus necesidades en la adultez y en la vejez.
Este abogado ha sido uno de los primeros que ha publicado una obra especializada en la Compensación Económica, de manera que domina el tema y está disponible para satisfacer las dudas y defensas que fuere necesario.
Nuestros Servicios
- Divorcio unilateral, de común acuerdo y por culpa
- Compensación económica según el caso
- Separación Judicial
- Disolución, Liquidación y Adjudicación de los bienes de la sociedad conyugal.
- Pensión de Alimentos Mayores y Menores
- Cuidado Personal de niños, niñas y adolescentes (tuición)
- Régimen de Relación Directa y Regular (visitas)
Para estas tres materias, que exigen un proceso previo de mediación forzosa, contamos con Mediadora Familiar.
Libro
"La compensación económica en la nueva Ley del Matrimonio Civil"

Publicado por la Editorial de Chile, se encuentra íntegramente reproducido en la presente página al que se puede acceder fácilmente y que, por estar redactado mayoritariamente en términos técnicos, su propio autor tiene la disposición de aclarar los aspectos que se precisaren por vía electrónica o telefónica.